Estudio de AEPA revela inconsistencias para la correcta implementación del Reglamento de Movimiento Transfronterizo de Residuos

01/06/2023

La Asociación de Empresas y Profesionales por el Medio Ambiente dio a conocer estudio técnico sobre las implicancias negativas que tendría la modificación de esta normativa para el medio ambiente, la cual está ad-portas de ser aprobada.

Santiago, 29 de mayo de 2023.- El Comité de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobó en julio de 2022 la modificación al Reglamento de Movimiento Transfronterizo de Residuos, regulación que ha generado diversas reacciones debido al eventual impacto sanitario y ambiental del cuerpo normativo que actualmente está­­ a la espera de la aprobación del Ministerio de Salud para convertirse en ley.

Para evaluar las implicancias que generará la actual normativa, la Asociación de Empresas y Profesionales por el Medio Ambiente (AEPA) realizó recientemente un estudio con antecedentes de fuentes primarias, el cual, entre sus principales hallazgos, detectó que a nivel nacional existen brechas e inconsistencias en las instalaciones de saneamiento ambiental para la correcta gestión de residuos, lo cual impide conocer la real capacidad instalada en el país y sus faltas a la hora de cumplir con la normativa en materia sanitaria.

El equipo técnico de AEPA, explicó que “actualmente, en nuestro país existen inconsistencias en los organismos públicos sobre la capacidad instalada y autorizada para realizar el tratamiento y valorización de residuos, por lo que,  en Chile no existe capacidad técnica instalada y es necesario el contar con alternativas para la valorización de los residuos y así poder dar cumplimiento a las metas establecidas en la Ley REP, sin embargo es fundamental que se creen herramientas vinculantes de registros y trazabilidad que den certeza y garantías de que los destinos donde llegarán los residuos disponen de técnicas y prácticas adecuadas que promuevan el cuidado de la salud de las personas y el medio ambiente, así como que dispongan de instalaciones para disponer los residuos que no pueden ser valorizados.

Asimismo, los expertos enfatizan que el no disponer de un adecuado catastro de instalaciones de valorización y eliminación, entorpecería profundamente el cumplimiento de este objetivo, por lo que se hace imprescindible, que ambas autoridades Ministerio de Medio Ambiente y Ministerio de Salud avancen en esta materia y logren elaborar un mapeo actualizado de los gestores de residuos que están vigentes en el país y que, además dan cumplimiento a todas las regulaciones aplicables a los procesos que realizan.

Otro de los puntos preocupantes para la asociación se relaciona con el porcentaje de fiscalización de residuos peligrosos y no peligrosos exportados. De acuerdo con el estudio, la Dirección Nacional de Aduanas señaló que para los primeros no se realiza una revisión física por razones de seguridad, sino que se aplica una revisión documental a través de antecedentes visados por el Ministerio del Medio Ambiente. En tanto, para los residuos no peligrosos (que ingresan en la gestión de riesgos normales para todo tipo de mercancías, lo que incluye revisiones documentales, físicas y escáner) tienen un porcentaje promedio de revisión de un 2,5% durante el 2022, lo que revela un bajo control de fiscalización en comparación otros países desarrollados.

Dado este y otros antecedentes, AEPA plantea que el reglamento contradice el Convenio de Basilea y las políticas de economía circular que impulsa el gobierno, pudiendo generar un debilitamiento de la capacidad de reciclaje nacional, lo que en concreto pondría en riesgo el cumplimiento estricto de la ley de Responsabilidad Extendida del Productor y los acuerdos internacionales adquiridos por el Estado de Chile.

Nuestro interés es que la nueva industria del reciclaje sea concebida de una manera correcta y evitar cometer los errores que se desarrollaron en la economía lineal, la cual generó grandes impactos y pasivos ambientales. Además, se deben incorporar todas las variables e indicadores ambientales que permitan entregar una visión completa del desempeño ambiental del país.

Asimismo, se enfatiza en la necesidad de que “exista una herramienta internacional de registro, trazabilidad y contabilidad que se refleje, respalde y registre la trazabilidad de una operación internacional del país de origen y el país de recepción, a través de un organismo que informe de manera transparente el tipo de residuo, sus características, cantidad, estado de origen, órgano de estado que lo autoriza y la empresa que lo gestiona y valoriza, con el fin de prevenir el riesgo sanitario y ambiental entre los países de recepción”.

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